A raíz de una sentencia firme de la Audiencia Nacional, que impone costas a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), esta ha tenido que devolver los más de 30.000 euros de multa que impuso a la empresa IMA Health, con sede en Barcelona. Sancionó a esta empresa tras requerir, en 2022, el cese de su página web, entonces llamada IMA Contigo (la empresa la cerró y creó después la de IMA Health); la Agencia entendió que intermediaba en la venta a distancia de medicamentos vulnerando el Real Decreto 870/2013 de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.
Isabel Marín, abogada de la empresa y CEO de la consultoría Farmacia y Derecho, confirma a este periódico que "la sentencia es firme" y aclara que en este caso el juez ha aplicado la jurisprudencia europea del caso Doctipharma: "El juez es muy claro, al decir que es un servicio de la sociedad de la información y que es legal".
"La resolución que declara que la actividad que realiza IMA Health incumple la normativa sobre venta a distancia de medicamentos sigue vigente" (Aemps)
De hecho, la sentencia señala, según explica Marín, que "la venta la hace la farmacia offline. La recurrente no interviene de forma alguna en la venta". Y que "la Aemps vulnera el derecho comunitario con la interpretación que hace del RD 870/2013, que desarrolla el artículo 3.5 de la Ley de Garantías y, en consecuencia, la actividad de la actora no puede quedar bajo el paraguas de la normativa de la venta online de medicamentos".
El fallo dice, textualmente, que "recoger un paquete, aunque sea en una farmacia, no es una venta de medicamentos. Se trata de un servicio propio claramente diferente de la venta del medicamento, que realizan multitud de empresas tan conocidas como FedEx, DHL o UPS".
Qué es el caso DoctipharmaEn febrero de 2024 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respondió a la consulta de la justicia francesa "sobre la actividad de intermediación" que realizaba la sociedad Doctipharma. Y contestó avalando su actividad, pues "el servicio de puesta en contacto de farmacéuticos y potenciales clientes para la venta de medicamentos está comprendido en el concepto de servicio de la sociedad de la información, en el sentido del Derecho de la Unión", decía el fallo, en la misma línea en la que se pronuncia ahora la Audiencia Nacional con el caso IMA.
Todo comenzó en 2016, cuando una sentencia de un tribunal francés obligó a Doctipharma a cesar su actividad on line para comprar productos farmacéuticos y medicamentos no sujetos a receta médica que vendían las farmacias.
¿Cómo se interpretó esta sentencia en España? Fuentes del Consejo General de COF se expresaron así: "La sentencia del TJUE no avala la actividad de las plataformas en el ámbito del medicamento". La Aemps se pronunció en los mismos términos: "La sentencia del TJUE no altera esencialmente los criterios que la Aemps viene aplicando con respecto a la venta a distancia de medicamentos".
Sin embargo, la Aemps, en declaraciones a este periódico, aclara que la sentencia de la Audiencia Nacional "se refiere a la resolución del procedimiento sancionador iniciado por la Aemps, y el alcance se limita a este ámbito".
Caso IMA Health: Fefac aclara que se limitó a comunicar una posible práctica ilegal, Fefac solicita la paralización de la actividad de IMA Contigo tras el pronunciamiento de la Aemps, El TJUE abre la puerta a plataformas de venta 'on line' de medicamentos no sujetos a prescripción con el caso Doctipharma Por ello, subraya que "la resolución de la Aemps que declara que la actividad que realiza IMA Health incumple la normativa sobre venta a distancia de Isabel Marín, abogada de la empresa, explica a este periódico que la sentencia firme de la Audiencia Nacional aplica jurisprudencia europea (caso Doctipharma). Off Carmen Torrente Villacampa Farmacia Comunitaria Off
Colección de recipientes farmacéutico y boceto de la fachada protegida de la farmacia.
Fachada de la actual Farmacia Bosqued.
Silvia Álvarez-Cubela (izquierda) y Elisa Oltra (derecha). Foto: UCV
Rafael Castro, profesor de la Universidad de Oviedo. Foto: U.O.
Santiago Palacios, presidente de la Sección Privada de la SEGO.
Laura Maeztu delante de su farmacia.
Espectacular zona de atención al público de estilo neomudejar.
mapa radón
Constitución del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Palencia. Foto. COF PALENCIA