La posibilidad de que la inyección de un fármaco oncológico termine circulando por un lugar del cuerpo del enfermo no deseado ni previsto es un riesgo que existe. De hecho, la literatura científica calcula que la extravasación de citostáticos, como la epirrubicina, es una complicación que puede aparecer hasta en el 6% de los ciclos de este tratamiento oncológico.
Así figuraba en el consentimiento informado que firmó la paciente (vamos a llamarla Ruth), cuando se sometió al tratamiento de quimioterapia para curar el cáncer de mama que le diagnosticaron en el Hospital Clínico Universitario Lozano Blesa, en agosto de 2019. Sin embargo, a pesar de haber firmado el consentimiento en el que se informaba de este riesgo, la Sala de lo Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha terminado condenando al Servicio Aragonés de Salud a indemnizar a la paciente con 100.000 euros, por las secuelas que la extravasación de la epirrubicina le dejó en su brazo izquierdo. Y es que, aunque el riesgo era conocido y asumido por la paciente, el tribunal considera que la actuación de los profesionales sanitarios, una vez detectado que el medicamento se había salido de la vía, no fue correcta.
En definitiva, los profesionales sanitarios no siguieron el protocolo establecido para aminorar los daños producidos por la extravasación, muy al contrario, la actuación sanitaria favoreció que el daño en el brazo izquierdo fuera mayor, de ahí que en la condena se aplica que doctrina de la pérdida de oportunidad. La reclamante tiene una "impotencia funcional parcial" de su brazo izquierdo, después de someterse a varias intervenciones quirúrgicas, incluido un injerto cutáneo.
¿Qué se hizo?Fue a principios de junio de 2019 cuando Ruth recibió el diagnóstico de carcinoma de mama invasivo, semanas después de acudir a Urgencias del Hospital Lozano Blesa por dolor e inflamación de la mama izquierda, según recoge la sentencia del caso. Empezó con un tratamiento de quimioterapia de epirrubicina y ciclofosfamina, cuando en el segundo ciclo del tratamiento, el 1 de agosto, se produjo la extravasación de la medicación que, además, es altamente nociva para los tejidos. Enfermería y la propia paciente se dieron cuenta de que el medicamento se había extravasado. Ante esta situación, la enfermera "se limitó a retirar la vía del brazo afectado, colocar una nueva en el otro brazo para terminar el tratamiento y entregar a la paciente unas ampollas para que se pusiera en casa, recomendándola frío local".
¿Qué debió hacerse?¿Qué debía haberse hecho? Como señaló la defensa de Ruth en el juicio, el hospital tiene un protocolo para el tratamiento de extravasaciones por citostáticos que pasa por: "detener inmediatamente la administración del fármaco"; "mantener la vía abierta para aspirar el medicamento" y "aspirar entre 5 y 10 ml de sangre"; "localizar el kit de extravasación"; "avisar al médico responsable"; "identificar y marcar la zona afectada"; "evitar presiones en la zona" y administrar el antídoto específico (dimetilsulfóxido 99% tópico) cada 8 horas durante 7 días". Además, la paciente tiene que se "adecuadamente informada", debe aplicarse frío y dejar todo lo ocurrido bien registrado en la historia clínica.
Condena al Sespa por la extravasación secundaria a un tratamiento de quimioterapia , Procedimientos enfermeros recopilados en un manual para facilitar su conocimiento y manejo, Datos clínicos, genéticos e IA para crear una calculadora de riesgo en cáncer de mama Pues bien, según la sentencia del TSJ de Aragón, el Servicio Aragonés de Salud no hizo nada de lo que recoge el protocolo, es decir, de lo que se debí Aragón deberá indemnizar a una paciente por las graves secuelas en su brazo izquierdo después de una extravasación de la epirrubicina, en un tratamiento de cáncer de mama. Off S.Valle Oncología Política y Normativa Off















