El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto que garantiza el acceso a la atención sanitaria pública a personas extranjeras que viven en España pero sin residencia legal. La nueva norma, promovida por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, busca garantizar una aplicación homogénea en todas las CCAA unificando los criterios y estableciendo requisitos y procesos iguales.
Y es que, aunque en 2018 se recuperó el principio de universalidad (Real Decreto-ley 7/2018) tras quedar cercenado por el Gobierno de Rajoy en 2012 como una medida para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS), Sanidad identificó una aplicación desigual entre los distintos territorios y barreras administrativas que ha estado limitando el acceso efectivo a la asistencia sanitaria de las personas extranjeras en situación irregular.
La ministra Mónica García, ausente en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, ha señalado después de la reunión, que el real decreto aprobado hace "realmente efectiva la universalidad de la sanidad en España y elimina las barreas administrativas que todavía dejaban a personas sin atención".
El real decreto desarrolla reglamentariamente lo previsto en el artículo 3 de la Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del SNS "reforzando la seguridad jurídica, la cohesión territorial y la aplicación homogénea del derecho en todo el Estado".
A partir de ahora el reconocimiento del derecho a la atención sanitaria de este colectivo se realizará mediante una declaración responsable, en la que el solicitante manifiesta que no cuenta con cobertura sanitaria por ninguna otra vía, que "no puede exportar el derecho desde otro país y que no existe un tercero obligado al pago de su asistencia".
DocumentaciónEl real decreto flexibiliza, además, la acreditación de la residencia en nuestro país, ya que, "si bien el empadronamiento es el documento preferente", se aceptarán otros medios de prueba como certificados de escolarización o matriculación en centros públicos; informes de servicios sociales o certificados de registro de visitas; facturas de distintos suministros a nombre del solicitante; y cédulas de inscripción o documentos de inscripción consular.
Sanidad avanza en la unificación de criterios para la cobertura sanitaria de migrantes en el SNS, Las lecciones de la atención al inmigrante 'sin papeles' durante la pandemia, Ley de Universalidad: un año después, sin noticias del proyecto estrella de Sanidad Para garantizar el acceso inmediato a la atención sanitaria, la norma establece que, al presentar la solicitud, se entregará un documento provisional Una declaración responsable bastará para el reconocimiento del derecho a la atención. La solicitud podrá hacerse en un centro sanitario, según el real decreto aprobado. Off C. Ruiz Profesión Profesión Política y Normativa Política y Normativa Off
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Foto: Biblioteca Nacional de España
Dos hermanas pioneras
Julio Mayol con el secretario general de Salud Digital del Ministerio de Sanidad, Juan Muñoz Montalvo, en el MWC. Foto: DM.
Borja Suberviola, coordinador del GTEIS. Foto: GTEIS.
Investigadores del IIS La Princesa, de Madrid. Foto. H. LA PRINCESA.