Profesión
soledadvalle
Jue, 06/11/2025 - 14:03
Contratos
El abogado Carlos Hernández Martínez-Campello, responsable del área jurídica del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (Icomem), asegura que la corporación ha iniciado conversaciones con la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para poner en marcha "una auditoría legal preventiva de contratos". Afirma que "esta medida permitiría a los centros sanitarios y profesionales obtener un informe colegial que analice el riesgo jurídico de sus modelos de colaboración y, en caso de inspección, les proporcione argumentos sólidos frente a posibles sanciones".
(Desde la consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid han confirmado a Diario Médico que se ha producido esa reunión, pero que "no hay nada cerrado").
Las declaraciones del letrado se enmarcan en la jornada celebrada en la sede del Icomem -en un modelo presencial y online- el pasado lunes, 3 de noviembre, donde se analizaron los riesgos jurídicos del ejercicio privado sanitario y la diferenciación entre relaciones laborales y mercantiles.
El encuentro, que se organizó en colaboración con el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid (COPM), reunió a magistrados, abogados, profesionales y representantes de colegios sanitarios ante una preocupación común: la creciente inseguridad jurídica que rodea la figura del falso autónomo en clínicas y consultas privadas.
Dependencia y ajenidad
"La decisión sobre si una relación contractual es con un trabajador por cuenta ajena o con un profesional por cuenta propia se fundamenta en un conjunto de indicios sobre si existen, o no, las características de dependencia y ajenidad. Materia siempre interpretable y sujeta a la subjetividad del inspector de trabajo. La decisión se toma siempre con fundamento en indicios propios del caso concreto. Y no depende solo del contrato, sino también de cómo se refleja en la práctica el vinculo entre las partes contratantes", ha señalado Hernández, a Diario Médico.
El último criterio jurídico en relación a esta diferenciación es "el Criterio Técnico (79/2009) de la Inspección de Trabajo, sobre régimen de Seguridad Social aplicable a los profesionales sanitarios de los establecimientos sanitarios privados". El abogado del Icomem señala lo que resulta evidente, y es que este elemento de regulación "tiene ya más de tres lustros y no ha conseguido unificar los criterios técnico-jurídicos de actuación de la inspección, que evitara llegar a conclusiones y resultados distintos en relación con situaciones análogas".
Ante este panorama de inseguridad jurídica, según apunta, (prohibido por el artículo 9.3 de la Constitución), "los Colegios profesionales sanitarios (médicos y psicólogos a la cabeza) están dando los primeros pasos para conseguir algo más de seguridad jurídica", afirma Hernández.
Para ello, el Icomem, ha propuesto a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, "dar contenido y ejecutividad al artículo 24.2 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, para que los colegios profesionales puedan colaborar en el control de la existencia de contratos escritos entre las organizaciones sanitarias privadas y los proveedores de servicios sanitarios -tanto profesionales como empresas sanitarias- y que las vinculaciones contractuales entre las partes tengan depurada y clarificada la modalidad de contratación lo más posible".
Colaboración de los colegios
Este informe del colegio, como aclara, "no será vinculante para la Inspección, pero servirá como argumento reforzado para sostener cual es la voluntad contractual de las partes y la realidad de su vinculación. Para evitar sustos y sanciones.
La magistrada Susana Molina Gutiérrez, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, durante su intervención en la jornada, dejó claro que en el ámbito del ejercicio privado sanitario, lo que determina si existe una relación laboral no es el tipo de contrato firmado, sino cómo se desarrolla realmente la actividad profesional. "Los inspectores pueden imponer sanciones directamente, sin que exista antes una declaración judicial, lo que deja a muchos profesionales en una situación de indefensión".
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Molina recomendó preconstituir prueba documental y evitar los principales indicios de laboralidad, como el uso gratuito de instalaciones del centro, l
Pretenden poner en marcha "una auditoría legal preventiva de contratos" que evite sanciones (millonarias) por relaciones laborales de falsos autónomos, por ejemplo.
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