La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha sido el más tempranero en dar respuesta al recurso presentado por la confederación de sindicatos médicos CESM contra los servicios mínimos fijados por los gobiernos autonómicos en la huelga nacional de médicos convocada por este sindicato. El tribunal ha suspendido de manera cautelarísima -es decir, sin dar audiencia a la Administración- varios apartados de la orden del Gobierno regional que fijaba los servicios mínimos durante la huelga del personal médico del Servicio Murciano de Salud, al considerar que podrían resultar desproporcionados y afectar al derecho fundamental de huelga.
Ha sido este martes, 17 de febrero, segundo día de la huelga nacional de médicos, cuando se ha conocido el auto del TSJ de Murcia en el que da la razón al recurso presentado por CESM, pues reconoce que la Administración puede fijar servicios mínimos para garantizar la asistencia esencial, pero subraya que "estos no pueden ser tan amplios que vacíen de contenido el derecho de huelga". Por ello, ordena que la actividad sanitaria durante los paros se ajuste, en términos generales, "al funcionamiento propio de un día festivo o de guardia".
La suspensión no afecta a toda la orden autonómica, sino a incisos concretos. En Atención Primaria, deja sin efecto los cupos numéricos rígidos para médicos de familia y pediatras cuando excedan el estándar de festivo. En hospitalización, elimina el mínimo del 60% de la plantilla facultativa y la obligación de mantener el pase de planta y pruebas conforme a la programación habitual.
También suspende mínimos en consultas externas y pruebas diagnósticas basados en formulaciones que podían amparar actividad ordinaria, así como el 50% de personal fijado para el Centro Regional de Bioquímica y Genética Clínica cuando supere el régimen de guardia. Solo deberán mantenerse actuaciones propias de un festivo, como incidencias urgentes, atención a pacientes críticos, interconsultas urgentes, altas imprescindibles y pruebas no aplazables, además de diálisis, tratamientos oncológicos activos y prestaciones obstétricas inaplazables.
La medida adoptada por el tribunal es provisional y no cabe recurso contra este auto. La Sala ha convocado a las partes, la confederación sindical CESM y la Administración Murciana, a una comparecencia el 19 de febrero para decidir si mantiene o levanta la suspensión.
Primera jornada de la huelga nacional con un "elevado seguimiento" a pesar de los "servicios mínimos abusivos", “Si no salvamos a la profesión médica de este estatuto será su muerte”: miles de médicos se manifiestan ante Sanidad, La manifestación de los médicos marca el inicio de las movilizaciones por el Estatuto Marco Guillermo Llago, abogado de CESM-Valencia, confirma que la confederación de sindicatos médicos también ha recurrido los servicios mínimos decretados p El TSJ de Murcia ha aceptado el recurso de CESM a los servicios mínimos, con una suspensión cautelarísimas, y el TSJ de Valencia deberá pronunciarse en las próximas horas. Off S. Valle Profesión Off
