
Hemos recibido la reclamación de una paciente a la que le practicamos una cesárea de urgencia al presentar un registro cardiotocográfico patológico y un pH de calota fetal que lo confirmó. Tras la misma tuvo una hemorragia que evidenció anemia aguda y por la que hubo que realizar una laparotomía e histerectomía. Me ha enviado un burofax informándome de su intención de demandarme si no alcanzamos ningún acuerdo. ¿Qué actitud debería adoptar? L.M.R. (Madrid)
En primer lugar, debería dar parte a su seguro que cubra la responsabilidad civil a fin de que valoren el caso con sus letrados y peritos. Así mismo, dando parte evitará que en una reclamación posterior le rechacen la cobertura del siniestro por entender que era conocedor de ese siniestro y no lo comunicó en tiempo y forma.
Dicho esto, en lo que a la asistencia médica se refiere, a grosso modo, podemos apreciar que la actitud en el parto fue correcta, al estar la paciente monitorizada en todo momento, apreciándose un registro cardiotocográfico en algún momento no tranquilizador, de ahí que decidieran tomar una muestra del pH de la calota fetal, siendo dicha actitud totalmente acertada.
¿Hay responsabilidad penal en un fallo de arpón?, ¿Cómo se pueden reutilizar datos sanitarios en investigaciones clínicas? , ¿Hay responsabilidad penal por error de diagnóstico? Parece ser que, tras la sospecha confirmada de pérdida de bienestar fetal mediante la prueba de pH, decidieron rápidamente realizar una cesárea, siend Off Mireia Gomis Peris, abogada del Despacho Fornes Abogados. Ginecología y Obstetricia Off