Soy especialista en PediatrÃa y me gustarÃa saber cómo deberÃa actuar cuando unos progenitores me solicitan la entrega de historia clÃnica de su hijo menor de 13 años por sospechar que está consumiendo drogas. ¿Debo hacer caso a la petición y entregarla sin más?. S.M.H. (Valencia)
En el caso que nos plantea, entran en conflicto una serie de derechos, como son la intimidad del menor, el secreto profesional, la confidencialidad de los datos médicos, el ejercicio de la patria potestad y la propia salud del menor.
Dada la importancia de los diferentes conceptos que pugnan entre sÃ, debemos señalar que, ante situaciones similares, se debe tener en cuenta que, el artÃculo 7.1 de la Ley 41/2002 de autonomÃa del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clÃnica, dispone que “toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la leyâ€. Lo anterior deberá ser interpretado conforme al principio rector de toda actuación que involucre a menores y que inspira nuestro ordenamiento jurÃdico, basado en el superior interés del menor, poniéndolo en relación con lo dispuesto en el artÃculo 4.1 de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección JurÃdica del Menor, según la cual “los menores tienen derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen. Este derecho comprende también la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia, asà como el secreto de las comunicacionesâ€.
La vuelta al cole de un menor cada vez más autónomo en sus decisiones médicas, ¿Pueden acceder los padres a la historia clÃnica de su hijo menor?, ¿Hay responsabilidad por pérdida ósea en odontologÃa? De otro lado, también se debe tener en cuenta que nos encontramos ante el ejercicio de la patria potestad de los progenitores, en cuya virtud, el artà Off Javier Arona Alcañiz, abogado del Despacho de Fornes Abogados Off