
Soy odontólogo y he recibido una demanda por parte de una paciente que asistí y cuyo plan de tratamiento consistió en la colocación de una prótesis fija. El estado inicial era deficitario. Ahora, tras un periodo de tiempo y el seguimiento oportuno, considera que la pérdida de hueso detectada tras una revisión fue consecuencia de una mala técnica en el momento de la colocación de los implantes. Aunque la pérdida de masa ósea fue una consecuencia inherente al tratamiento y sin repercusión alguna en su caso. ¿Podría tener viabilidad la demanda? N.R.T (Madrid).
La naturaleza jurídica de la relación médico y paciente siempre resulta interpretable en todos los casos, sin embargo, partimos de la idea general y, por tanto, de que su responsabilidad profesional es de medios, y como tal, no puede asegurar una garantía de resultado concreto.
Sin embargo, entiendo que en este caso, ese resultado perseguido se alcanzó. La queja de la paciente deriva de una pérdida ósea sobre unos implantes que, salvo situación contraria, se encuentran funcionales.
Por tanto, su única obligación con la paciente era poner a disposición de la misma los medios adecuados para comprometerse, no solo a cumplir con las técnicas previstas, sino a aplicar el cuidado y precisión en la colocación de los implantes necesarios atendiendo a su estado previo.
¿Hay responsabilidad penal en un fallo de arpón?, ¿Cómo se pueden reutilizar datos sanitarios en investigaciones clínicas? , ¿Hay responsabilidad penal por error de diagnóstico? En cuanto a la pérdida de masa ósea. Efectivamente, tal como indica se trata de un riesgo inherente al propio tratamiento que se contempla en cualquie Off Mireia Gomis Peris es abogada del despacho de Fornes Abogados. Odontología Off